A simple vista, grooming y sexting podrían parecer dos nuevos personajes de dibujos animados. Pero realmente son dos términos que añadir a los ya conocidos como mobbing, bullying, etc, todos provenientes del inglés.
Pasemos a definir cada uno de estos dos nuevos términos:
Grooming
Con "grooming" nos referimos al acoso (sexual) a menores en Internet (ciberacoso). Es imposible abusar directamente de un menor a través de la Red, pero acosarlos sí es factible.
Los pederastas (o incluso también otros jóvenes) intentan acercarse a los menores para ganar su confianza, y de este modo obtener información de su intimidad para amenazarles con difundirla si no acceden a sus pretensiones sexuales, que habitualmente comienzan con mostrarse a través de la cámara web.
En España, este tipo de actuaciones constituye delito desde Diciembre de 2010, pero sólo si el menor tiene menos de 13 años. Esto es así porque las relaciones sexuales con menores están consentidas a partir de dicha edad.
Si quieres leer un interesante artículo sobre "grooming" publicado en El País pulsa aquí.
Sexting
El término "sexting" se acuñó hace ya un tiempo para definir la conducta de los adolescentes americanos que se auto-fotografiaban (lo que se conoce ahora como "selfish") con el móvil en poses eróticas, subidas de tono o incluso desnudos, y las enviaban a otros jóvenes con el fin de ligar... o presumir.
Las tecnologías actuales permiten conectarse a Internet prácticamente desde cualquier dispositivo, por lo que este tipo de fotografías pueden extenderse rápidamente por la red, y lo que era (aparentemente) un juego o una forma de ligar, termina con la foto del joven en Internet.
Pasemos a definir cada uno de estos dos nuevos términos:
Grooming
Con "grooming" nos referimos al acoso (sexual) a menores en Internet (ciberacoso). Es imposible abusar directamente de un menor a través de la Red, pero acosarlos sí es factible.
Los pederastas (o incluso también otros jóvenes) intentan acercarse a los menores para ganar su confianza, y de este modo obtener información de su intimidad para amenazarles con difundirla si no acceden a sus pretensiones sexuales, que habitualmente comienzan con mostrarse a través de la cámara web.
En España, este tipo de actuaciones constituye delito desde Diciembre de 2010, pero sólo si el menor tiene menos de 13 años. Esto es así porque las relaciones sexuales con menores están consentidas a partir de dicha edad.
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Sexting
El término "sexting" se acuñó hace ya un tiempo para definir la conducta de los adolescentes americanos que se auto-fotografiaban (lo que se conoce ahora como "selfish") con el móvil en poses eróticas, subidas de tono o incluso desnudos, y las enviaban a otros jóvenes con el fin de ligar... o presumir.
Las tecnologías actuales permiten conectarse a Internet prácticamente desde cualquier dispositivo, por lo que este tipo de fotografías pueden extenderse rápidamente por la red, y lo que era (aparentemente) un juego o una forma de ligar, termina con la foto del joven en Internet.
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